Micelio
Auto19 de febrero de 2022

A- de 2022

Ponente Natalia Ángel Cabo

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente proveído la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025/04 accede parcialmente a la solicitud de prórroga presentada por el Gobierno Nacional y, en consecuencia, concede un mes, para que presente la ruta de trabajo propuesta para la consulta del Protocolo en el marco del cumplimiento a la orden tercera del Auto 214/22.

No obstante, se advierte que dicha ruta deberá establecer términos precisos para la expedición del acto o los actos administrativos por medio de los cuales se adopten los Protocolos de Participación Étnicos, según las consideraciones establecidas en esta providencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (9 puntos)
  1. Primero. ACCEDER PARCIALMENTE a la solicitud de prórroga presentada por el Gobierno Nacional.
  2. En consecuencia, CONCEDER un (1) mes, contado a partir de la notificación de la presente providencia, para que el Gobierno Nacional presente la ruta de trabajo propuesta para la consulta del Protocolo en el marco del cumplimiento a la orden tercera del auto 214 de 2022.
  3. Sin embargo, ADVERTIR que aquel deberá establecer términos precisos para la expedición del acto o los actos administrativos por medio de los cuales se adopten los Protocolos de Participación étnicos, atendiendo a las consideraciones sexta y séptima del presente auto.
  4. Segundo. COMUNICAR la presente decisión, por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, a la directora General de la Unidad para las Víctimas y al Ministro del Interior.
  5. Comuníquese, notifíquese y cúmplase.
  6. NATALIA ÁNGEL CABO
  7. Presidenta
  8. Sala Especial Seguimiento Sentencia T-025 de 2004
  9. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.